martes, 1 de mayo de 2012

¿Cuales son las principales causas de querellas contra odontólogos?



La querellas y demandas en contra de profesionales de la salud,  prácticamente no se conocen antes del año 1980, posterior a esta fecha se produjo un aumento  progresivo[i]

Los peritajes por responsabilidad médica del servicio médico legal, revelan que en los últimos siete años, los médicos presentan un 80% de querellas, los odontólogos un 10% y el 10% restante por otros profesionales de la salud ( enfermeras, kinesiólogos, etc). Esto demuestra que todos los profesionales de la salud de una u otra forma son afectos por esta realidad.

Existe un porcentaje importante de demandas que se producen por el comentario de otro médico (12 %), en ese sentido y basado en estos datos, debe haber prudencia al  ejercer un juicio o comentario ya que,  nunca se conocen  todos los antecedentes de un paciente tratado por otro colega, el profesional que ejerce juicio no es el primero en evaluar, por ello no sabe las condiciones iniciales del paciente, los recursos disponibles, si el paciente ha seguido o no las indicaciones, entre otros;  por lo tanto es imprescindible contar con todos los antecedentes, o lisa y llanamente comunicarse con el colega afectado para conocer todos los antecedentes del caso, ya que no menos importante es el hecho de que el colega que ejerce opinión o juicio puede ser probablemente citado como testigo en un eventual juicio.[ii]

A nivel internacional estudios señalan que el incremento de las demandas y querellas a  odontólogos se debe a las siguientes causas:
1. La falta total del conocimiento por parte del odontólogo de la legislación que rige
su actividad profesional.
2. La falta de información en este ramo jurídico por parte de las escuelas o facultades
en la formación profesional.
3. Más del 90% de las escuelas o facultades, imparten la odontología legal con
personal no capacitado.
4. Existen demandas judiciales en 4 de cada 10 odontólogos.
5. El primer lugar en demandas a odontólogos es en el área de implantes dentales
por no existir preparación adecuada y no tener los implantes dentales una normatividad de ley[iii].

2 comentarios:

  1. En relación a las querellas nunca se debe olvidar:

    1. La Historia Clínica: No debe ser modificada, ni tampoco se debe falsificar o eliminar datos de la Historia. No sólo se volverá contra el profesional, sino que también puede llegar a constituir un nuevo delito, ya que existen diversos métodos tanto técnicos como documentales que demuestran las
    falsificaciones.

    2. No hablar con el abogado de la parte contraria, y sobretodo si no es en
    presencia del abogado defensor, ya que el abogado de la parte contraria siempre
    buscará en las palabras del profesional cuestionado elementos que apoyen su demanda, por muy simpático y comprensivo, ecuánime o amable que parezca. Dicho acto puede ser considerado como disculpa, ya que una explicación o justificación de los hechos puede tener un significado para el juez totalmente diferente.

    3. No se debe emitir informes por escrito, excepto que sea solicitado por la dirección del hospital o el juez. Hay que limitar todo a lo escrito en la historia. En caso de emitir informes escritos por un imperativo debe ser siempre conciso y ciñéndose estrictamente a lo que está recogido en la historia clínica. Se debe informar de los hechos emitiendo todo juicio de valor.

    4. No firmar actas. Si la dirección, inspectores, colegio profesional, u otros
    llaman a un interrogatorio o investigación, no firme el acta de dicha reunión y si es evitable no acuda, a menos que acompañado de su
    abogado. En estas reuniones, siempre con los mejores propósitos, se pueden emitir
    opiniones perjudiciales para el profesional, sobre todo porque los asistentes, aunque con buena intención, no suelen tener una formación jurídica sólida.

    5. No mantener conversaciones extra profesionales con el demandante o su familia. Una vez que ha sido interpuesta la demanda existe justificación ética y legal para romper la relación odontólogo- paciente.
    Es inútil y puede ser perjudicial dialogar. Se debe recordar que existe una demanda injusta. Sentir compasión por un paciente más allá de lo estrictamente personal, excediendo lo que naturalmente todo
    médico siente por su paciente, puede ser vuelto en contra del profesional. En lugar de simpatía, los familiares y el paciente lo interpretarán como sentimiento de culpa, lo que reforzará la idea de que algo injusto ha sucedido con dicho paciente.

    6. No entregar copia de la Historia Clínica a otra persona que no sea el propio paciente.
    Legalmente el único que tiene acceso a la Historia es el propio paciente. Si se trata de un fallecido ni siquiera los familiares tienen derecho a realizae la solicitud, pues la Historia puede contener hechos que de revelarlos vulneran la confidencialidad del paciente. En tal caso sólo el juez puede solicitar si estima necesario.

    7. No entregar los documentos originales al menos sin una copia de los mismos. Puede
    ocurrir que alguien sustituya un original por otro que no corresponde al paciente. Si se
    pierde un Electrocardiograma normal, por ejemplo, y esto es fundamental para
    Ud., puede aparecer uno que muestre un infarto y que en realidad era de otro enfermo. O
    inclusive le pueden acusar de no haber realizado ni siquiera el ECG.

    8. No utilizar ni enfrentar a los medios de comunicación. Desde el principio, debe Ud.
    pensar que toda información que llegue al público irá sesgada en contra del profesional. El paciente siempre figura como la víctima y busca el apoyo del gran público. Los medios de
    comunicación suelen publicar declaraciones del paciente donde el médico ya está juzgado
    y ha sido encontrado culpable.
    Recordar que no es fácil hablar con lenguaje sencillo para la gente en general de algo
    tan complicado como es la odontología. Y es probable que la opinión no sea de interés periodístico.

    Bibliografía:
    http://www.odontologos.mx/seccion_odontologos/reportajes_odontologos/oscarcastillo/demanda_odontologos.pdf

    ResponderEliminar
  2. En relación a las causas de querellas contra los profesionales de la salud, extrapolándolas a la profesión odontológica, todo dentista puede ser demandando por imprudencia, impericia, negligencia e inobservancia de deberes y reglamentos; y esto puede ocurrir en las distintas fases de la atención al paciente, es decir, puede ocurrir en la etapa de diagnóstico, planificación de tratamiento, pronóstico o el acto operatorio propiamente tal.
    En relación a la Imprudencia, su definición dice: es aquel acto impulsivo que lleva implícito el concepto de irreflexión, ligereza, ausencia de precauciones básicas. Es una culpa de tipo activa.
    Ejemplos de imprudencia en odontología serían:
     Sobredosis de fármacos
     Procedimientos terapéuticos peligrosos
     Realizar intervenciones innecesarias, a fin de reparar lesiones insignificantes donde podrían utilizarse acciones de menor compromiso.
     No tener consentimiento del paciente
     Resección quirúrgica excesiva.

    La Impericia se define como: la falta de capacitación para la ejecución de una labor determinada. No se poseen los conocimientos, experiencia ni destreza necesaria para realizar determinados tratamientos; puede resultar tanto de acción como de omisión.
    Se sostiene que no se puede considerar a los médicos, odontólogos, etc. imperitos, porque se supone que si han formados académicamente y tienen la certificación universitaria correspondiente, son peritos en lo que están haciendo.
    Otra visión plantea que la mayor o menor pericia de un profesional se adquiere con los años de ejercicio, capacitación, cursos realizados. En varios países desarrollados existe la obligación de la capacitación constante. Está muy claro que pasado tres, cinco o quince años, existe la obligación de estar actualizado.
    Como ejemplo tenemos:
    • Falta de preparación profesional
    • Falta de actualización profesional
    • Error de diagnóstico
    • Error terapéutico por falta de capacitación
    • Fármacos mal recetados.

    La Negligencia es definida como: el incumplimiento de un deber, falta de atención con el debido cuidado, ausencia de preocupaciones o indiferencia por el acto que se realiza. Resulta más de omisiones que de acciones; es una culpa de tipo pasiva.
    Como ejemplo tenemos:
    • Falta de diagnóstico o diagnóstico tardío, o no hay diagnóstico lisa y llanamente
    • Falta de exámenes
    • Abandono del paciente
    • Inadvertencia de situaciones riesgosas
    • Olvidos
    • No informar al paciente de los riesgos que puede involucrar el tratamiento

    Para finalizar, la Inobservancia de deberes y reglamentos se define como el incumplimiento de las obligaciones que dicta la función o cargo, que en ese momento y lugar desempeña el profesional.
    Esto tiene relación con los cargos de jefatura, el caso de los jefes de servicio que tienen como obligación normar las acciones de salud, los protocolos médicos, quirúrgicos, etc. que se deben respetar, aspectos de contraloría médica u odontológica. Puede un jefe de equipo o de servicio ser llamado ahí a responder en el ámbito civil o penal, por no haber cumplido las obligaciones que le dictaba su cargo y esto puede haber acarreado daño o muerte de un paciente.

    Bibliografía:
    Responsabilidad legal profesional del odontólogo, Dr. Patricio Carrasco Tapia, Facultad Odontología Universidad de Los Andes, 2005.

    ResponderEliminar